Para empezar, circula por ahí la famosa publicidad que nos recuerda a los menos atentos que no robaríamos un bolso, para deslizarse por una pendiente (i)lógica hasta entonces, ¿por qué robas música? Pues no es difícil responder a esa cuestión: porque no es lo mismo, desde el momento en que cuando (o si) robo un bolso, alguien se queda sin él. Los objetos, digamos, 'materiales' tienen esa curiosa característica: o bien están aquí, o bien allí. Pero no en los dos sitios a la vez.
Así, basta con que los defensores de la propiedad intelectual admitan ese extremo -evidente, por otra parte, y sobre el que no hace falta extenderse- para que sepamos que estamos hablando de cosas distintas. Sin más consecuencias jurídicas, por ahora. Un bolso y una canción no pertenecen al mismo ámbito de realidad. Mientras la argumentación a favor de los derechos de autor sostenga que robar una tele es lo mismo que bajarse una canción de la red, la primera objeción ha de ser esa: no hablamos de lo mismo; suspendamos la discusión hasta que estemos de acuerdo en el objeto de la misma.
Por supuesto, cabe una protección jurídica de la propiedad intelectual. Pero no tiene por qué ser un trasunto del modelo de protección de la propiedad privada corriente.
En segundo lugar, así como esa diferencia que señalo entre un tipo de objetos y otro se refiere a dos categorías distintas de propiedad, la intelectual, reproducible hasta el infinito sin pérdida de información, de utilidad o de acceso, y la física o material (por llamarla de alguna manera), también cabe otro matiz sobre el término 'propiedad' mismo.
Los piratas, al contrario que los ladrones de materia, no queremos ninguna propiedad. De verdad. En serio.
Los piratas queremos ordenadores sin disco duro, utilizamos los cedés y los deuvedés para espantar a las palomas y tenemos las estanterías de nuestras casas llenas de libros de los de toda la vida, objetos sólidos, tridimensionales, por los que pagamos lo mismo que los demás. Los piratas queremos acceder en un tiempo razonablemente corto -ya que la tecnología lo permite; no pedimos cosas raras- a los archivos de otros tipos que nos los prestan; luego los utilizamos (vemos una película, oímos una canción) y los tiramos a la papelera (o sea: a ninguna parte, al limbo). No guardamos nada y, por lo tanto, no tenemos nada. Así que, ¿por qué pagar 'derechos' o 'impuestos' de propiedad' sobre lo que no tengo? ¿'Propiedad' de qué? ¿Qué tengo cuando escucho música; qué poseo?
Para terminar: en la red, gratis, hay alternativas legales a todo. Al sistema operativo de pago, al procesador de textos de pago, al reproductor de música o vídeo de pago. Hay gente que lo concibe, lo desarrolla, lo perfecciona y lo ofrece. Gratis. Me lo dan. ¿Por qué voy a decir que no?
Ah. El enlace para Bil. Que luego me llora.
Etiquetas: Mercutio
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